Así, la jurisprudencia permite un “plazo razonable o prudencial” entre ambos extremos para que el empleador evalúe sus opciones y adopte la mejor decisión. Con este argumento, el TS ha validado el cese de un trabajador que tuvo lugar diez meses después de la declaración de incapacidad absoluta del jefe. En este caso, la extinción del contrato se ató a tres factores que el tribunal tiene en cuenta: «La situación de incapacidad, el empeoramiento y el fracaso de la gestión encomendada a una de las trabajadoras». Por todo ello, teniendo en cuenta los esfuerzos de la empleadora, el alto tribunal estimó que los ceses fueron adecuados.
💼 Orden Ministerial HAC/1177/2024: Revolución en los Sistemas Informáticos de Facturación en España
El 28 de octubre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden Ministerial HAC/1177/2024, que establece los requisitos técnicos y funcionales para los sistemas informáticos de facturación utilizados por empresarios y profesionales. Esta normativa...