Así, la jurisprudencia permite un “plazo razonable o prudencial” entre ambos extremos para que el empleador evalúe sus opciones y adopte la mejor decisión. Con este argumento, el TS ha validado el cese de un trabajador que tuvo lugar diez meses después de la declaración de incapacidad absoluta del jefe. En este caso, la extinción del contrato se ató a tres factores que el tribunal tiene en cuenta: «La situación de incapacidad, el empeoramiento y el fracaso de la gestión encomendada a una de las trabajadoras». Por todo ello, teniendo en cuenta los esfuerzos de la empleadora, el alto tribunal estimó que los ceses fueron adecuados.
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Análisis de las Nuevas Medidas de Conciliación, Simplificación y Mejora de la Protección por Desempleo según el RDL 2/2024
Introducción El RDL 2/2024, de 21 de mayo, ha establecido diferentes medidas de urgencia para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo y la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre la conciliación de la vida familiar y...