Así, la jurisprudencia permite un “plazo razonable o prudencial” entre ambos extremos para que el empleador evalúe sus opciones y adopte la mejor decisión. Con este argumento, el TS ha validado el cese de un trabajador que tuvo lugar diez meses después de la declaración de incapacidad absoluta del jefe. En este caso, la extinción del contrato se ató a tres factores que el tribunal tiene en cuenta: «La situación de incapacidad, el empeoramiento y el fracaso de la gestión encomendada a una de las trabajadoras». Por todo ello, teniendo en cuenta los esfuerzos de la empleadora, el alto tribunal estimó que los ceses fueron adecuados.

Ley 7/2024: Nuevas medidas fiscales para garantizar una tributación justa y efectiva
El 20 de diciembre de 2024, se aprobó la Ley 7/2024, publicada en el BOE el 21 de diciembre, que introduce importantes modificaciones en materia tributaria. Esta ley establece tres nuevos impuestos con el objetivo de garantizar una mínima tributación para grandes...