Así, la jurisprudencia permite un “plazo razonable o prudencial” entre ambos extremos para que el empleador evalúe sus opciones y adopte la mejor decisión. Con este argumento, el TS ha validado el cese de un trabajador que tuvo lugar diez meses después de la declaración de incapacidad absoluta del jefe. En este caso, la extinción del contrato se ató a tres factores que el tribunal tiene en cuenta: «La situación de incapacidad, el empeoramiento y el fracaso de la gestión encomendada a una de las trabajadoras». Por todo ello, teniendo en cuenta los esfuerzos de la empleadora, el alto tribunal estimó que los ceses fueron adecuados.
Real Decreto 893/2024: Mejora en la protección de las trabajadoras del hogar
El pasado 11 de septiembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 893/2024, que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar. Esta nueva normativa supone un avance significativo en los...