El pasado 11 de septiembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 893/2024, que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar. Esta nueva normativa supone un avance significativo en los derechos laborales de los trabajadores domésticos.
Principales novedades
- Derecho a la seguridad y salud laboral: Se reconoce este derecho teniendo en cuenta las particularidades del trabajo doméstico, como la falta de entidad empresarial del empleador y el ámbito privado donde se prestan los servicios.
- Vigilancia de la salud: Las empleadas del hogar tendrán derecho a un reconocimiento médico voluntario, único para cada trabajadora, aunque trabaje para varios empleadores.
- Instrumentos públicos gratuitos: Para facilitar la aplicación de estos nuevos derechos sin cargas para las familias y empleadores, se pondrán a disposición varios recursos gratuitos:
- Reconocimientos médicos voluntarios en el Sistema Nacional de Salud.
- Herramienta de evaluación de riesgos elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST).
- Guía Técnica para la prevención de riesgos laborales en el trabajo doméstico.
- Protocolo en caso de acoso.
- Herramienta de formación gratuita del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
- Equipos de protección individual (EPI’s): El empleador deberá proporcionar los equipos de trabajo adecuados y garantizar su utilización segura.
- Derecho a paralizar la actividad: En caso de riesgo grave e inminente, las trabajadoras podrán detener su actividad sin perjuicio.
- Servicios de ayuda a domicilio (SAD): Se incluyen regulaciones específicas para este sector, incluyendo evaluaciones de riesgos con visitas presenciales a los domicilios.
Flexibilidad y adaptación
- Los empleadores que no puedan asumir directamente las obligaciones preventivas por características personales o discapacidad, podrán delegarlas en una persona de su entorno personal o familiar.
- Se podrán introducir modificaciones en el domicilio con el consentimiento previo de los titulares, cuando sean necesarias para garantizar la seguridad laboral.
Entrada en vigor y plazos
- El Real Decreto entra en vigor el 12 de septiembre de 2024.
- Las obligaciones no serán exigibles hasta 6 meses después de la puesta a disposición de la herramienta gratuita de evaluación de riesgos.
- El derecho a la formación gratuita y los reconocimientos médicos voluntarios se aplicarán cuando se desarrollen las disposiciones normativas correspondientes.
Implicaciones y retos
- Para las trabajadoras:
- Mayor protección legal y reconocimiento de sus derechos laborales.
- Acceso a formación y herramientas para mejorar su seguridad en el trabajo.
- Para los empleadores:
- Nuevas responsabilidades en materia de prevención de riesgos.
- Acceso a recursos gratuitos para cumplir con las nuevas obligaciones.
Conclusiones
El RD 893/2024 marca un paso importante en la mejora de las condiciones laborales de los trabajadores del hogar. Proporciona herramientas y recursos para garantizar su seguridad y salud en el trabajo, al tiempo que establece un equilibrio entre los derechos laborales y el respeto al ámbito privado del hogar.
El éxito de esta normativa dependerá de su implementación efectiva, la concienciación de todas las partes implicadas y la adaptación a las realidades del sector. Representa una oportunidad para dignificar el trabajo doméstico y contribuir a una sociedad más justa y equitativa.
Enlaces de interés:
- Real Decreto 893/2024: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-18182
- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): https://www.insst.es/
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): https://www.sepe.es/
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