Según el TS, estas acciones prescriben en función de la naturaleza de la deuda en cuestión. El Tribunal Supremo justifica este nuevo criterio, en primer lugar, explicando que cuando se trata de deudas contraídas estando la sociedad en causa de disolución, la voluntad de la ley es colocar al administrador en una posición de garante personal de las deudas de la sociedad, como si fuera un fiador. En segundo lugar, la sentencia concluye que los dos preceptos que se aplican hasta ahora para determinar la prescripción, en realidad, no son aplicables a la responsabilidad por deudas sociales.

Ley 7/2024: Nuevas medidas fiscales para garantizar una tributación justa y efectiva
El 20 de diciembre de 2024, se aprobó la Ley 7/2024, publicada en el BOE el 21 de diciembre, que introduce importantes modificaciones en materia tributaria. Esta ley establece tres nuevos impuestos con el objetivo de garantizar una mínima tributación para grandes...