Según el TS, estas acciones prescriben en función de la naturaleza de la deuda en cuestión. El Tribunal Supremo justifica este nuevo criterio, en primer lugar, explicando que cuando se trata de deudas contraídas estando la sociedad en causa de disolución, la voluntad de la ley es colocar al administrador en una posición de garante personal de las deudas de la sociedad, como si fuera un fiador. En segundo lugar, la sentencia concluye que los dos preceptos que se aplican hasta ahora para determinar la prescripción, en realidad, no son aplicables a la responsabilidad por deudas sociales.
💼 Orden Ministerial HAC/1177/2024: Revolución en los Sistemas Informáticos de Facturación en España
El 28 de octubre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden Ministerial HAC/1177/2024, que establece los requisitos técnicos y funcionales para los sistemas informáticos de facturación utilizados por empresarios y profesionales. Esta normativa...