Según el TS, estas acciones prescriben en función de la naturaleza de la deuda en cuestión. El Tribunal Supremo justifica este nuevo criterio, en primer lugar, explicando que cuando se trata de deudas contraídas estando la sociedad en causa de disolución, la voluntad de la ley es colocar al administrador en una posición de garante personal de las deudas de la sociedad, como si fuera un fiador. En segundo lugar, la sentencia concluye que los dos preceptos que se aplican hasta ahora para determinar la prescripción, en realidad, no son aplicables a la responsabilidad por deudas sociales.
La inflación cae en septiembre y se sitúa en el nivel más bajo de los últimos 3 años y medio
El mes de septiembre de 2024 ha traído una buena noticia para la economía española: la inflación se ha situado en el nivel más bajo de los últimos tres años y medio, según datos preliminares del Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta caída de los precios supone...