Eleva las cifras del balance y del volumen de negocio que definen cada una de las categorías empresariales a efectos del cumplimiento de las obligaciones de presentación de informes y auditorías. La modificación normativa entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024. No obstante, los Estados miembros pueden permitir a las empresas que apliquen estas disposiciones para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2023. Una vez en vigor esta Directiva, se considerarán microempresas aquellas cuyo balance no supere los 450.000€ y su volumen de negocio se sitúe por debajo de los 900.000€, lo que supone un ajuste al alza del 28,6%. El número estimado de sociedades de capital que se beneficiarían de una reducción de las obligaciones de presentación de información y auditoría es del 6%.

Ley 7/2024: Nuevas medidas fiscales para garantizar una tributación justa y efectiva
El 20 de diciembre de 2024, se aprobó la Ley 7/2024, publicada en el BOE el 21 de diciembre, que introduce importantes modificaciones en materia tributaria. Esta ley establece tres nuevos impuestos con el objetivo de garantizar una mínima tributación para grandes...