Eleva las cifras del balance y del volumen de negocio que definen cada una de las categorías empresariales a efectos del cumplimiento de las obligaciones de presentación de informes y auditorías. La modificación normativa entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024. No obstante, los Estados miembros pueden permitir a las empresas que apliquen estas disposiciones para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2023. Una vez en vigor esta Directiva, se considerarán microempresas aquellas cuyo balance no supere los 450.000€ y su volumen de negocio se sitúe por debajo de los 900.000€, lo que supone un ajuste al alza del 28,6%. El número estimado de sociedades de capital que se beneficiarían de una reducción de las obligaciones de presentación de información y auditoría es del 6%.
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Análisis de las Nuevas Medidas de Conciliación, Simplificación y Mejora de la Protección por Desempleo según el RDL 2/2024
Introducción El RDL 2/2024, de 21 de mayo, ha establecido diferentes medidas de urgencia para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo y la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre la conciliación de la vida familiar y...